Marco Legal Importante

Ley N° 28100: Distribución de Ingresos de Machu Picchu

La Ley N° 28100, promulgada el 10 de noviembre de 2003, es una normativa crucial para la Municipalidad Distrital de Machu Picchu y el Parque Arqueológico de Machu Picchu.

Su principal objetivo es establecer un mecanismo justo para la distribución de los fondos generados por el ingreso al Parque Arqueológico. De acuerdo con esta ley, un porcentaje significativo de la recaudación total por los boletos de entrada es destinado directamente a la Municipalidad Distrital de Machu Picchu. Este ingreso es fundamental para el desarrollo y la gestión sostenible del distrito, permitiendo a la municipalidad invertir en infraestructura, servicios públicos, promoción cultural y otras iniciativas que benefician directamente a la población local y a los visitantes.

Esta ley asegura que una parte de la riqueza generada por uno de los destinos turísticos más importantes del mundo revierta en beneficio de la comunidad que lo alberga, fomentando un desarrollo local equitativo y la conservación del patrimonio.

Ilustración de la Ley 28100 y Machu Picchu

Machu Picchu: Patrimonio y Desarrollo Local

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